Perla Barrios
En Morelos, se busca regular la operación de los mototaxis y bicitaxis como una modalidad de transporte complementario local a través de la armonización de la Ley General de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial.
En la iniciativa se contempla que las mototaxis y bicitaxis solo presten el servicio en zonas específicas donde no es viable la operación del transporte colectivo convencional.
Solo podrán transportar un máximo de dos personas y el operador, su tarifa será regulada por la Coordinación General de Movilidad y Transporte (CGMyT) la cual deberá estar visible dentro de la unidad y se buscará promover el pago electrónico a través de terminales bancarias o códigos QR.
Su derrotero será definido junto el apoyo técnico de los Ayuntamiento y en caso de circular fuera de su zona serán sancionados.
Para garantizar la seguridad de los usuarios, los mototaxis deberán pasar revisiones físico-mecánicas periódicas en centros de verificación autorizados, además deberán contar con un diseño estructural de fabrica cabinas cerradas, frenos, luces y cinturones de seguridad, sin adaptaciones artesanales.
Cada unidad deberá de contar con identificación oficial, cromática, placas y tarjeta de circulación (física o digital) y el permiso anual que será personal e intransferible. El operador deberá contar con la licencia tipo B (motociclista) y una certificación de aptitud expedida por la CGMyT que solo podrá obtener mediante la aprobación de los exámenes toxicológicos y un curso de capacitación especializado.
