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Feministas y la CDHM entregan la iniciativa de ley para la despenalización del aborto

Secretaria ejecutiva de la CDHM, exhortó a los diputados de la LVI Legislatura a garantizar la interrupción voluntaria del embarazo
Nancy Franco.-

En la explanada del recinto Legislativo, feministas y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHM) entregaron la iniciativa de ley para la despenalización del aborto.

Nadxieelii Carranco, secretaria ejecutiva de la CDHM, exhortó a los diputados de la LVI Legislatura a garantizar la interrupción voluntaria del embarazo:

"Se considera necesario la despenalización y legalización de la interrupción del embarazo en el estado de Morelos, situación que resulta acorde con la protección del derecho a la salud y la obligación que se impone al Estado para proveer los medios necesarios para que las mujeres y personas gestantes que decidan terminar con su embarazo, lo puedan hacer bajo condiciones adecuadas, seguras y dignas"


Explicó que los servicios de salud, públicos y privados, deben considerar los siguientes criterios para la interrupción del embarazo en el estado de Morelos:


1. Se elimina la criminalización de las mujeres y personas gestantes que decidan voluntariamente realizarse un aborto.

 

2. Se reconoce como delito el aborto forzado

 

3. Se eliminan las causales del aborto, a excepción del riesgo de vida o de salud de la mujer y persona gestante.

 

 4. Se reconoce la obligación del Estado de proporcionar, de forma gratuita, segura y bajo estándares internacionales, interrupciones voluntarias del embarazo.

 

 5. Se establecen 13 semanas como límite gestacional para la atención sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo.

 

6. Se establece un plazo de dos días naturales para que los servicios de salud pública realicen la interrupción voluntaria del embarazo a partir de su solicitud.

 

7. Se define un plazo de dos días naturales para que el Ministerio Público, el DIF estatal y los DIF municipales, emitan la autorización cuando la solicitante sea menor de 12 años y no cuente con la autorización de su padre, madre, tutor o representante legal.

 

8. Se reconoce la objeción de conciencia del personal médico, pero también la obligación de los servicios de salud públicos, para garantizar que siempre haya personal no objetor de conciencia que proporcione el acceso a abortos seguros, legales y gratuitos.

 

9. Se incluye la obligación de proporcionar información y servicios en materia de salud sexual, reproductiva y de planificación familiar de forma integral en las instituciones públicas de salud del Estado.

Nancy Franco 9 de octubre de 2024
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